lunes, 30 de noviembre de 2009

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010 – 2009


ESTADO PERUANO
Expresa Perdón Histórico al Pueblo Afroperuano por los abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio y reconocen su esfuerzo en la afirmación de nuestra identidad nacional, difusión de valores y defensa del suelo patrio

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010 – 2009

Lima, 27 de noviembre del 2009

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú reconoce que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado.
Que, el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las demás formas conexas de intolerancia son amenazas y agresiones claras contra la dignidad del ser humano, razón por la cual es prioridad del Estado la lucha frontal contra estos males que aquejan a la humanidad.
Que, desde el periodo colonial, el Pueblo Afroperuano ha sido víctima de ese tipo de abusos y más, sin haberse reparado antes en su condición de seres humanos;
Que, el Perú es un país pluricultural, multirracial, multiétnico y plurilingüe, legado de un proceso histórico que debe tomarse como una ventaja social y cultural;
Que, sin embargo, El Estado reconoce y lamenta que aún exista rezagos de aquel tipo de agresión, las cuales además, representan una barrera para el desarrollo social, económico, laboral y educativo de la población en general y, de manera particular, del Pueblo Afrperuano que a lo largo de nuestra historia ha demostrado identificación, amor y respeto por nuestro suelo patrio, expresados en la lucha por la independencia, la defensa del territorio nacional y la construcción de la nación peruana;
Que, con la finalidad de reivindicar al Pueblo Afroperuano y de esa manera conducirnos por el camino de de la igualdad y el respeto por la diversidad existente en nuestro país, es necesario que el Estado exprese un perdón histórico a esta comunidad;
De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y la Ley Nº 28495 – Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano;
Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Perdón histórico y reconocimiento.
Exprésese Perdón Histórico al Pueblo Afroperuano por los abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio desde la época colonial hasta la actualidad, y reconózcase su esfuerzo y lucha en la afirmación de nuestra identidad nacional, la generación y difusión de valores culturales, así como la defensa de nuestro suelo patrio.

Artículo 2º.- Acto Solemne.
El perdón y reconocimiento al Pueblo Afroperuano se llevará a cabo en una ceremonia solemne y pública, en la cual se elevarán votos por la equidad y la justicia como valores fundamentales para la construcción de una sociedad más justa y tolerante con la diversidad existente en nuestro país.

Artículo 3º.- Políticas Públicas.
El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en coordinación con los sectores competentes, dictará políticas públicas específicas para el desarrollo del Pueblo Afroperuano.

Artículo 4º.- Refrendo.
La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

Registrase, comuníquese y publíquese

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

NIDIA VILCHEZ YUCRA
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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