Publicado por JUAN VLADIMIR ROJAS HINOSTROZA en 2:21 p.
Alvarado Desata Pasiones Cada Vez que el Tiempo le da la Razón Esta vez Ni las plegarias y escritos llevados al ministerio público y poder judicial por parte de los colectivo anticorrupción para que la justicia cañetana sentencie a Javier Alvarado se cae a pedazos al tenerse conocimiento que toda la acusación fiscal contiene errores materiales por parte del representante del ministerio público que deberá de subsanar en un plazo de tres días bajo responsabilidad funcional este miércoles 16 de julio.
El pasado 8 de julio se advirtió que en los comprobantes de pago N° 1073 de fecha 23 de octubre del 2002 y N° 1046 del 29 de octubre del 2002 que obran a fojas 258 a 259 el primero y a fojas 265 a 266 del segundo tomo de la carpeta fiscal, se encuentran en copia simple, no habiéndose precisado en el auto de enjuiciamiento si se admitieron como documentos originales, copias certificadas, fedateada o en copia simple. Igualmente el informe contable N° 005-2007.2007-CG/GDPC del 29 de mayo del 2007, acerca del cual van a ser examinados los peritos Ronald Adrián Olarte Moreno, Manuel Godofredo Arancel Días y María Estela Pinto Castro, obra en el tomo I dela carpeta fiscal en copias simples.
Es así que se han encontrado observaciones consistentes en la prueba documental, identificación de los acusados y tipificación de los delitos, en el auto de enjuiciamiento deberán de ser subsanadas a fin de evitar futuras nulidades por lo que ha sido devuelto al juzgado de investigación preparatoria de lunahuana.
La Resolución N° 114 del 11 de julio del 2013 expedido por el juzgado de investigación preparatoria de lunahuana ha puesto de conocimiento al ministerio público para que se pronuncie sobre las observaciones que le corresponda sujetando su intervención a la naturaleza de dichas observaciones en un plazo de 3 días.
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