Por la tontera que me vengo a poner a investigar. Me han estado cobrando 0.50 céntimos de nuevo sol por cada copia cuando el tupa dice S/. 8.00 por las 10 primeras hojas y S/. 0.20 por cada hoja a partir de la 11va. Es decir cuando he pagado este viernes S/. 54.00 por 108 copias debí pagar:
01-10 hojas S/. 8.00
11-108 hojas = 97 hojas x S/. 0.20 = S/. 19.40
Total = S/. 27.40
Es decir que me han cobrado S/. 26.40 de más, y eso por un solo pedido, y ¿todo lo que he pedido este año?
Ya voy a iniciar mi trámite de reclamo pero aquí hago un recordaris nada más de lo que pronto haré como reclamo ciudadano o tal vez denuncia. La Secretaria General deberá aclarar este tema o demostrar que en esta gestión han variado el TUPA, ojo es algo muy grave modificarlo sin Acuerdo de Concejo,
Con ORDENANZA 031-2007 APRUEBAN TUPA que está vigente hasta la fecha. Este ha tenido dos modificaciones en lo que respecta al área de Obras y estas son
ORDENANZA Nº 022-2012-MPC Cañete, 15 de junio de 2012.
ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA EN ALGUNOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE OBRAS, DESARROLLO URBANO Y RURAL, EN LOS ITEMS REFERIDOS AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA Y EDIFICACIONES Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del TUPA, en Procedimientos Administrativos correspondientes a la GERENCIA DE OBRAS, DESARROLLO URBANO Y RURAL, en los ítems referidos al otorgamiento de Licencia de Habilitación Urbana y Edificaciones, según indica en el Anexo 1, que forma parte de la Presente Ordenanza
ORDENANZA Nº 039-2013-MPC Cañete, 27 de diciembre del 2013
Artículo 1º.- APROBAR la Incorporación del procedimiento denominado: “AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA PARA CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA Y DESAGÜE”, al Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cañete; de acuerdo al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente ordenanza
Por lo tanto y considerando que, el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece entre otras disposiciones, la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, de publicar el íntegro de su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, cada dos años, computándose dicho plazo a partir de la fecha de la última publicación del mismo; es decir desde el LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VIENE HACIENDO CASO OMISO A LA LEY 27444 por lo tanto es pasible de denuncia y sanción al titular del Pliego.
Señor Bazán, Señores Regidores, Hay trabajo, ¿Cuándo empiezan o necesitan que los denunciemos?
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