Gracias Carlos Lopez de Cimarrones
“Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias
medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de
salud, incluida la conservación de sus plantas medicinales,
animales y minerales de interés vital. Las personas
indígenas también tienen derecho de acceso, sin
discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de
salud”.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas, 2007, artículo 24 (inciso1).
http://www.cimarrones-peru.org/pdf/sabias.pdf
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