martes, 10 de mayo de 2011

¿Y LA LICENCIA DE LA BENEFICENCIA?

La Ley señala que las Beneficencias Públicas como Organismos de estado están exoneradas de los Pagos por diversos conceptos ante las instancias públicas. Lo que la Ley NO EXONERA es del trámite que debe realizarse y de las sanciones que se deben dar si no se cumple la norma.
La Norma señala, recuerden ustedes, que la Licencia de Construcción debe estar en Lugar Visible. La Beneficencia está construyendo... ¿Donde está la Licencia de Construcción?

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