viernes, 21 de marzo de 2014

Qali Warma: PAMPLINAS!!

Hoy quiero referirme a normativa real, decretada y de estricto cumplimiento ´para poder opinar luego de estos preliminares; a saber:


¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE COMPRAS?

Son funciones del Comité de Compras, entre las principales:

7.- Cumplir estrictamente las especificaciones y lineamientos técnicos del manual de compras que apruebe Qali Warma.

8.- Velar por la aplicación de las recomendaciones que establece Qali Warma, producto de la asistencia técnica, a través de sus Unidades Territoriales.


REQUISITOS OBLIGATORIOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA BASES DEL PROCESO DE COMPRA “COMPRA DE RACIONES PARA LA ATENCIÓN DEL SERVICIO ALIMENTARIO 2014 DEL PNAE QALI WARMA”

Declaración Jurada de Información del Postor (Formato N° 02)


Certificado de Inspección Higiénico Sanitario (o copia legalizada) de cada uno de los establecimientos donde se elaborarán las raciones, con una antigüedad no mayor a 30 días, emitido por un Organismo de Inspección acreditado ante INDECOPI, con un calificativo mínimo de Bueno. Aun cuando dicho certificado obtuviera el calificativo mínimo de Bueno, son criterios de descalificación automática del postor si se advirtiera en el mismo documento alguna de las siguientes observaciones:


a) Encontrarse y/o utilizarse insumos vencidos, infestados o deteriorados en la planta donde se elaboran las raciones, o presencia o uso de insumos diferentes a los especificados en las Fichas Técnicas de Alimentos y Fichas Técnicas de Producción de Recetas.

b) Presencia de algún animal, tales como: roedor, perro, gato, ave, cucaracha, moscas, etc., o evidencia de excremento, orina u otros, en las instalaciones del establecimiento.

c) Equipos de medición sin calibración (termómetros, balanzas, termohigrómetros u otros) o no operativos.

d) Si el establecimiento no cuenta con agua potable de la red pública o agua tratada.

e) Si existe evidencia de contaminación cruzada por flujo de proceso, personal y equipos, materias primas, productos, etc.

f) Si el área donde se manipulan o preparan alimentos no se encuentra debidamente construido y equipado.

g) Inadecuadas prácticas en la preparación de alimentos.

h) Condiciones de mantenimiento e higiene no adecuadas en las maquinarias, equipos y utensilios que van en contacto directo con el alimento, tales como: evidencia de áreas oxidadas y/o corroídas, restos de alimentos descompuestos, presencia de infestación de plagas en las mismas y

contaminación con lubricantes u otras sustancias químicas.

i) Si el establecimiento se encuentra ubicado a una distancia menor de 150 metros de fuentes de contaminación: basurales, camales, pantanos, cementerios, aserraderos, entre otros.

j) Otros que revistan riesgos de contaminación a los alimentos.


Certificado de Inspección sobre Capacidad de Producción


Declaración Jurada (Formato N° 05) del postor declarando que:

a) Contará con Plan HACCP antes del inicio de la prestación del servicio alimentario, en cada uno de los establecimientos donde se elaborarán raciones. El Plan HACCP deberá abarcar desde la recepción de la materia prima hasta la distribución en las Instituciones Educativas Públicas, e incluir procedimientos de rastreabilidad y retiro de los productos. Deberá ser desarrollado e implementado como un sistema de control bajo la responsabilidad de un profesional de control de calidad permanente. El cumplimiento del Plan HACCP estará sujeto a verificación posterior por Qali Warma.

b) Presentará un certificado de inspección del Plan HACCP, emitido por un Organismo de Inspección acreditado por INDECOPI, antes del último día hábil del mes de mayo del 2014.



Declaración Jurada (Formato N° 07) del postor declarando que:

a) Los productos industrializados no hidrobiológicos que se utilizarán para la elaboración de raciones, cuentan con el respectivo Registro Sanitario vigente emitido por DIGESA y son elaborados en plantas que cuentan con la Validación Técnica Oficial del Plan HACCP vigente, emitido por DIGESA, salvo en el caso de las MYPE de acuerdo con el Decreto Supremo N° 007-98-SA.

b) Los productos hidrobiológicos que se utilizarán para la elaboración de raciones, cuentan con el Protocolo Técnico de Registro Sanitario vigente, Certificado Oficial Sanitario y de Calidad del Producto (que incluya prueba de esterilidad comercial) y han sido elaborados en plantas que cuentan con Protocolo Técnico de Habilitación o Registro de Planta de Procesamiento Industrial vigente, otorgado por SANIPES. Asimismo, el postor debe declarar que los citados productos hidrobiológicos serán adquiridos directamente del fabricante o distribuidor autorizado, además de que contará con la documentación que acredite su procedencia (factura), en la que deberá figurar el lote, marca y otros datos necesarios para la rastreabilidad del producto.

c) Los productos de procesamiento primario que se utilizarán para la elaboración de raciones, cuentan con Autorización Sanitaria de Establecimiento vigente, emitida por SENASA, y/o con Registro Sanitario aún vigente, emitido por DIGESA.

d) Los productos que se utilizarán en la elaboración de las raciones cuentan con el informe de ensayo y/o certificado de análisis de los lotes, emitido por la empresa fabricante y/u Organismo de Inspección, laboratorio acreditado, laboratorio referencial del MINSA, Universidades y/o Municipalidades, que demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Fichas Técnicas de Alimentos, el cual estará a disposición de Qali Warma.

e) Los productos a utilizar en la elaboración de raciones deben contar con vida útil vigente de acuerdo a las siguientes consideraciones:

 Productos perecibles: su tiempo de vida útil posterior a la fecha de consumo.

 Productos no perecibles: su tiempo de vida útil como mínimo tres meses previo a la fecha de vencimiento, excepto productos hidrobiológicos, con una vigencia de tres años de vida útil posterior a la fecha de consumo.

f) Los productos (insumos) a utilizar en la elaboración de raciones deben estar contenidos en sus respectivos envases primarios (tal como se comercializa) y no deben presentar defectos de hermeticidad ni deterioro que afecte su integridad, asimismo deben cumplir con las normas de rotulado


Yo quisiera simplemente preguntar a las personas involucradas en este tema, si La facultad de supervisión de Qali Warma, comprende la realización de muestreos e inspecciones inopinadas en cualquier etapa de la cadena de abastecimiento. Y si, a tal efecto, Qali Warma podrá coordinar con las entidades públicas o privadas competentes en materia de salud y nutrición, con la finalidad de coadyuvar a la realización de las evaluaciones que correspondan. ¿Qué se ha hecho al respecto?


No se trata de cacería de brujas, aquí está todo claro, la misma norma lo señala, entonces: ¿Qué hacen aún en sus cargos?, ¿qué hace el fiscal de prevención del delito? No tenemos forma de controlar, entonces ¿por qué arriesgamos la vida de nuestros niños?


ftp://ftpqw.qw.gob.pe/RD2014/068-2014-MIDIS-PNAEQW.pdf

No hay comentarios:

Seguidores Sin Límite