martes, 19 de mayo de 2015

DE ACUERDO A LA LEY 27444 LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

LEY 27444 LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Art. 38.2 Cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se

computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo. 


ENTRE USTED A LA PÁGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Y VA A ENCONTRAR LA ORDENANZA 021-2013 DEL 25 DE JULIO DEL 2,013 DONDE SOLO SE MODIFICA LA PARTE CONCERNIENTE A PROCEDIMIENTO DE OBRAS ¿Y EL RESTO?

SI NO HAY UN TUPA ACTUALIZADO, NO DEBEMOS CEÑIRNOS A ÉL SINO A LA LEY GENERAL SUPERIOR

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