Al señor Presidente de la República
Al Señor Presidente del Congreso de la República
A la señora Alcaldesa de Lima Metropolitana
A la ciudadanía
La Central de Organizaciones Sociales Promotora de la
ejecución de Acciones de Renovación Urbana – CPRU - acuerda, mediante
Asamblea General con dirigentes y dirigentas de organizaciones vecinales de
inmuebles tugurizados del Cercado de Lima, manifestar ante los poderes
políticos y la ciudadanía:
1. La preocupación de miles de familias que vivimos en
inmuebles con valor cultural e histórico, que tras la promulgación de la Ley Nº
29975 - Ley que prorroga la vigencia del plazo establecido en el literal c) del
artículo 14 del Decreto Legislativo 709, Ley de promoción a la inversión
privada en predios para arrendamiento, nos sentimos vulnerables en nuestro
derecho de residencia porque:
· La
Primera Disposición Complementaria de esta Ley, EXCEPTUA de la protección a
todos los Inmuebles declarados patrimonio cultural o histórico y al hacerlo nos
expone a desalojos compulsivos o encarecimiento unilateral y abusivo de
nuestros alquileres.
· Esa
norma desconoce nuestra condición de posesionarios que estamos incluidos dentro
de la Ley Nº 29415 "Ley de saneamiento físico legal de predios
tugurizados con fines de renovación urbana"quienes nos hemos organizado
para iniciar las acciones de saneamiento legal en la Municipalidad de Lima.
2. La preocupación porque hasta la fecha el Congreso de la
República desatiende nuestro pedido de modificación parcial de la Ley 29415, en
especial en los aspectos relacionados con los procedimientos de ABANDONO.
3. La preocupación porque la implementación de la
Municipalidad Metropolitana de Lima de las acciones de saneamiento físico legal
que establece la Ley 29415, avanzan con mucha lentitud, permitiendo que los
especuladores urbanos se apropien de inmuebles habitados y ejecuten acciones
desalojo extrajudicial, usando la fuerza de elementos del mal vivir.
Ante estos hechos, preocupados, demandamos a los Poderes
Políticos:
1. Que el Presidente de la República, promulgue un DECRETO
DE URGENCIA, que establezca la protección a los posesionarios de todos los
inmuebles de bajo costo, patrimonios o no, a fin de garantizar la adecuada
aplicación de la Ley 29415.
2. Que el Congreso de la República modifique la Ley 29415,
en especial los aspectos relacionados con las acciones de ABANDONO.
3. Que el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, divulgue masivamente los alcances de la Ley 29415. Emitiendo
folletos, trípticos, medios de comunicación, etc.
4. Que las Municipalidades en especial la Municipalidad de
Lima cumplan con el mandato de la Ley 29975, enviando al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento en un plazo no mayor de tres meses, la
información de los predios tugurizados que son afectos a la protección e
implemente con mayor celeridad las acciones de saneamiento físico y legal
dispuesto en la Ley 29415, y que adecuen la Ordenanza 1590-MML a lo dispuesto
en esta ley.
5. Que el Poder Judicial valore y respete los alcances de la
Ley 29415 al momento de Resolver los procesos judiciales de desalojo que tengan
este tipo de predios; y de ser necesario se suspenda dichos procesos.
Lima 17 de Enero del 2013
CPRU
Central de Organizaciones Sociales
Promotora de la ejecución de Acciones de
Renovación Urbana.
Oscar Yarleque Arteaga
Presidente - CPRU
999628016
Segundo Alva Rueda
Sec. de Organizacion - CPRU
Celular: 945078806
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