jueves, 17 de enero de 2013

PRONUNCIAMIENTO Central De Organizaciones Sociales Promotora De La Ejecución De Acciones De Renovación Urbana.



Al señor Presidente de la República
Al Señor Presidente del Congreso de la República
A la señora Alcaldesa de Lima Metropolitana
A la ciudadanía
 La Central de Organizaciones Sociales Promotora de la ejecución de Acciones de Renovación Urbana – CPRU - acuerda, mediante Asamblea General con dirigentes y dirigentas de organizaciones vecinales de inmuebles tugurizados del Cercado de Lima, manifestar ante los poderes políticos y la ciudadanía:
1. La preocupación de miles de familias que vivimos en inmuebles con valor cultural e histórico, que tras la promulgación de la Ley Nº 29975 - Ley que prorroga la vigencia del plazo establecido en el literal c) del artículo 14 del Decreto Legislativo 709, Ley de promoción a la inversión privada en predios para arrendamiento, nos sentimos vulnerables en nuestro derecho de residencia porque:
· La Primera Disposición Complementaria de esta Ley, EXCEPTUA de la protección a todos los Inmuebles declarados patrimonio cultural o histórico y al hacerlo nos expone a desalojos compulsivos o encarecimiento unilateral y abusivo de nuestros alquileres.
· Esa norma desconoce nuestra condición de posesionarios que estamos incluidos dentro de la Ley Nº 29415 "Ley de saneamiento físico legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana"quienes nos hemos organizado para iniciar las acciones de saneamiento legal en la Municipalidad de Lima.
2. La preocupación porque hasta la fecha el Congreso de la República desatiende nuestro pedido de modificación parcial de la Ley 29415, en especial en los aspectos relacionados con los procedimientos de ABANDONO.
3. La preocupación porque la implementación de la Municipalidad Metropolitana de Lima de las acciones de saneamiento físico legal que establece la Ley 29415, avanzan con mucha lentitud, permitiendo que los especuladores urbanos se apropien de inmuebles habitados y ejecuten acciones desalojo extrajudicial, usando la fuerza de elementos del mal vivir.
Ante estos hechos, preocupados, demandamos a los Poderes Políticos:

1. Que el Presidente de la República, promulgue un DECRETO DE URGENCIA, que establezca la protección a los posesionarios de todos los inmuebles de bajo costo, patrimonios o no, a fin de garantizar la adecuada aplicación de la Ley 29415.
2. Que el Congreso de la República modifique la Ley 29415, en especial los aspectos relacionados con las acciones de ABANDONO.
3. Que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, divulgue masivamente los alcances de la Ley 29415. Emitiendo folletos, trípticos, medios de comunicación, etc.
4. Que las Municipalidades en especial la Municipalidad de Lima cumplan con el mandato de la Ley 29975, enviando al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en un plazo no mayor de tres meses, la información de los predios tugurizados que son afectos a la protección e implemente con mayor celeridad las acciones de saneamiento físico y legal dispuesto en la Ley 29415, y que adecuen la Ordenanza 1590-MML a lo dispuesto en esta ley.
5. Que el Poder Judicial valore y respete los alcances de la Ley 29415 al momento de Resolver los procesos judiciales de desalojo que tengan este tipo de predios; y de ser necesario se suspenda dichos procesos.
Lima 17 de Enero del 2013
CPRU
Central de Organizaciones Sociales
Promotora de la ejecución de Acciones de
Renovación Urbana.

Oscar Yarleque Arteaga
Presidente - CPRU
999628016
 Segundo Alva Rueda
Sec. de Organizacion - CPRU
Celular:   945078806

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