miércoles, 14 de enero de 2015

Ley pulpín y las cinco razones contrarias

Mucho se ha discutido desde que entró en vigor la Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social, más conocida como Ley Pulpín.Sus defensores la justifican, no por ser correcta per se, sino porque maximizaría un bien apreciado socialmente: el empleo formal.Los opositores, por su parte, niegan que vaya a lograrse ese resultado (la evidencia empírica sugiere lo contrario) y, por el contrario,resaltansus efectos negativos(el reemplazo de personal y la reducción del consumo interno).

Es evidente, entonces, que el debate sobre esta norma se ha centrado en sus consecuencias.Dado que ello es insuficiente, se ofrecen 5 razones dirigidas a subrayar su carácter intrínsecamente injusto:

1. No debe asumirse que el empleo es un bien valioso que toda persona desea a cualquier precio. La Ley Pulpín, al hacerlo, les dice a los jóvenes qué deben valorar (tener trabajo en lugar dederechos laborales) y, como tal, invade un espacio reservado a su autonomía.

2. Las medidas estatales son justas si respetan el valor “dignidad/autonomía”… y la Ley Pulpín no lo hace: presenta a los jóvenes como un grupo uniforme que, al tener un único interés (el empleo formal), estará dispuesto a pagar cualquier precio para conseguirlo (reducir sus derechos laborales).Debe recordarse que todo sacrificio, al ser un medio para obtener un fin, requiere de la anuencia del sujeto involucrado y, por tanto, jamás podrá imponerse justificadamente desde el aparato estatal.

3. Si se asume que los jóvenes valoran el trabajo por encima de todo, habría que preguntarse porqué… y resultaría que la mayoría lo hace por ser un medio de subsistencia. No es que lo deseen, sino que lo necesitan. Si esto es correcto, habría que incrementar los niveles de protección, en lugar de disminuirlos, para evitar que los empleadores se aprovechen de esta situación de vulnerabilidad.Por ejemplo, se pudo haber impuesto una cuota de empleo juvenil.

4. Ciertamente, hay un grupo de jóvenes que sí ve el trabajo como un medio de realización personal: los que sí se han capacitado especialmente, los universitarios.Si esto es correcto, no puede asumirse que los jóvenes“auto-capacitados” y los “no capacitados” están igualmente dispuestos a trabajar a cualquier precio. La Ley Pulpín, al tratarlos como una masa uniforme, no toma en cuenta el costo en formación de los primerosy, menos, sus necesidades de superación o reconocimiento.Simplemente,los convierte en mano de obra barata pero calificada.

5. Se desarrolla el valor “dignidad/autonomía” cuando se potencia las capacidades u oportunidades de acción que toda persona debe tener para ser agente de su propio destino… y la Ley Pulpín hace lo contrario: a) coloca a los jóvenes en una situación de dependencia arbitrariafrente a sus empleadores (sus contratos son temporales y su despido es mucho más sencillo), b) genera en ellos un sentimiento de frustración y encono contra los otros trabajadores (ganarán menos por hacer las mismas labores) y c) disminuye sustancialmente su poder adquisitivo (ganarán 3.5 remuneraciones menos al año).La Ley Pulpín, al reducir sus condiciones de trabajo, afecta su capacidad para controlar su entorno material, su futuro, sus relaciones interpersonales y, en última instancia, su capacidad para tomar y ejecutar decisiones autónomas.

No se puede terminar sin referirse a dos errores habitualmente utilizados por los defensores de la flexibilización laboral en general:

1. Usualmente utilizan el vocablo “Ley”para referirse a las “reglas del mercado” pero no como “Ley Estatal”, sino como “Ley de la Naturaleza”. Transmiten, de este modo, la idea de que el libre mercado es inmodificable, tal cual la Ley de Universal de Gravedad. Olvidan, sin embargo,que la historia ha conocido diversas maneras de entender las relaciones económicas (siendo la “economía de mercado” una propuesta más sobre esta materia) yque la voluntad humana cumple un rol preponderante en la producción y distribución de los recursos (la acumulación y la desigualdad social no son fenómenos naturales).

2. Acusan, a los que no están a favor, de ser poco solidarios o, incluso, defensores de los intereses de los “privilegiados”. Olvidan, por supuesto, que solo existe el deber ético de ayudar a otros cuando, hacerlo, no supone realizar un esfuerzo “heroico”.Resulta muy cínico, entonces,exigir a los trabajadores que, en un acto de heroísmo, renuncien a sus derechos para contribuir con la situación de los menos favorecidos, pero que no se haga lo mismo con los que realmente están en posición de ayudar a sus semejantes: los empresarios. ¿Quién tiene, entonces, el deber moral de asistir a los trabajadores informales?

Ernesto Alonso Aguinaga Meza
Profesor de la Facultad de Derecho de la PUCP



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